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ARTICULO 1694 .- La administración de la sociedad se reputa un mandato general, que comprende los negocios ordinarios de ella, con todas sus consecuencias. Son negocios ordinarios aquéllos para los cuales la ley no exige poderes especiales; todos los otros serán reputados extraordinarios.
Nota:1694. Cuando decimos "con todas sus consecuencias", entendemos los poderes indispensables para usar el poder ordinario. La facultad de comprar, por ejemplo, importa la de tomar dinero prestado.
Ver articulos: [ Art. 1691 ] [ Art. 1692 ] [ Art. 1693 ] 1694 [ Art. 1695 ] [ Art. 1696 ] [ Art. 1697 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1694 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO II
- DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES
>>
TITULO VII
- De la sociedad
>>
CAPITULO V
- De la administración de la sociedad
>
SECCION TERCERA
- DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS
>>
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También puedes ver: Art.1694 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales