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ARTICULO 1722.- Factor objetivo. El factor de atribución es objetivo cuando la culpa del agente es irrelevante a los efectos de atribuir responsabilidad. En tales casos, el responsable se libera demostrando la causa ajena, excepto disposición legal en contrario.
1. Introducción
El artículo en comentario tiene una doble importancia. En primer lugar, porque define a los factores objetivos de atribución, y establece que en tal caso la culpabilidad del agente carece de toda relevancia. En segundo término, porque menciona las eximentes que "”en principio"” debe probar el sindicado como responsable cuando el factor es objetivo.
Interpretacion COMENTADA al Art. 1722 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1719 ] [ Art. 1720 ] [ Art. 1721 ] 1722 [ Art. 1723 ] [ Art. 1724 ] [ Art. 1725 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1722 del Código Civil y Comercial Argentina?
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- Otras fuentes de las obligaciones
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- Función resarcitoria
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También puedes ver: Art.1722 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion