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ARTICULO 1384.- Aplicación. Las disposiciones relativas a los contratos de consumo son aplicables a los contratos bancarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1093.
1. Introducción
En la regulación de los contratos en este Código se ha fragmentado el tipo general de los contratos, distinguiendo los que son fruto de la negociación de las partes en condiciones razonables de igualdad "”llamados paritarios"” de los contratos de consumo.
Esa fragmentación proyecta sus efectos en diversos tipos contractuales, entre ellos los de los contratos bancarios.
Interpretacion COMENTADA al Art. 1384 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1381 ] [ Art. 1382 ] [ Art. 1383 ] 1384 [ Art. 1385 ] [ Art. 1386 ] [ Art. 1387 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1384 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 12
- Contratos bancarios
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SECCION 1ª
- Disposiciones generales
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Parágrafo 2°
- Contratos bancarios con consumidores y usuarios
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También puedes ver: Art.1384 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela