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ARTICULO 741.-Derechos excluidos Están excluidos de la acción subrogatoria:
a) los derechos y acciones que, por su naturaleza o por disposición de la ley, solo pueden ser ejercidos por su titular; b) los derechos y acciones sustraídos de la garantía colectiva de los acreedores; c) las meras facultades, excepto que de su ejercicio pueda resultar una mejora en la situación patrimonial del deudor.
Introduccion COMENTADA al Art. 741 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 741 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 738 ] [ Art. 739 ] [ Art. 740 ] 741 [ Art. 742 ] [ Art. 743 ] [ Art. 744 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 741 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO I
- Obligaciones en general
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CAPITULO 2
- Acciones y garantía común de los acreedores
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SECCION 2ª
- Acción subrogatoria
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También puedes ver: Art.741 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela