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ARTICULO 738.-Efectos La acción directa produce los siguientes efectos:
a) la notificación de la demanda causa el embargo del crédito a favor del demandante; b) el reclamo sólo puede prosperar hasta el monto menor de las dos obligaciones; c) el tercero demandado puede oponer al progreso de la acción todas las defensas que tenga contra su propio acreedor y contra el demandante; d) el monto percibido por el actor ingresa directamente a su patrimonio; e) el deudor se libera frente a su acreedor en la medida en que corresponda en función del pago efectuado por el demandado.
Introduccion COMENTADA al Art. 738 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 738 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 735 ] [ Art. 736 ] [ Art. 737 ] 738 [ Art. 739 ] [ Art. 740 ] [ Art. 741 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 738 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO I
- Obligaciones en general
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CAPITULO 2
- Acciones y garantía común de los acreedores
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SECCION 1ª
- Acción directa
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También puedes ver: Art.738 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela