- Escriche recuerda que, en el tecnicismo antiguo, se calificaba así el testamento hecho ante el rey; pues, por los privilegios de que su persona estaba rodeada, era válido, así no hubiera otro testigo ni escribano. Hoy día, además de la gran escasez de reyes, sus facultades están muy mermadas, y no se conserva fe pública en tal sentido por el monarca. Ahora bien, puede llamarse testamento con fe pública al autorizado legalmente por notario; porque cuenta con ella, especialmente si se trata de testamento abierto, verdadero documento público en todos sus aspectos, (v. TESTAMENTO CON FE PRIVADA y POR ACTO PÚBLICO.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda