- La actuación jurídica en nombre ajeno puede obedecer a voluntad del representado, a imposición o previsión de la ley o a nombramiento do un juez o tribunal, que integran la triple modalidad de la representación voluntaria, de la representación legal y de la representación judicial (v.e.v.); aunque esta última especie se apoye siempre en una libertad o mandato de las leyes procesales, que por ello cabe refundir en la segunda categoría, (v. REPRESENTACIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda