Definición de JURISDICCION SOBRE LA SUCESIÓN


    Penetrando en zona procesal, el Cód. Civ. arg. preceptúa que esta jurisdicción corresponde a los jueces del último domicilio del difunto. Ante les jueces de ese lugar deben entablarse: Las demandas concernientes a los bienes hereditarios, hasta la partición inclusive, cuando son interpuestas por algunos de los sucesores universales contra sus coherederos. 2

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