- En el su puesto de morir el mandatario, sus herederos tienen el deber de ponerlo en conocimiento del mandante y proveer mientras tanto a lo que las circunstancias exijan en interés de éste (art. 1.739 del Cód. Civ, esp.). (v. EXTINCIÓN DEL MANDATO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual