- Entendiendo por pago no sólo la entrega de la cantidad de dinero adeudada, sino, genéricamente, el cumplimiento de una obligación, sus gastos extra judiciales son de cuenta del deudor; mientras que los judiciales son establecidos por los tribunales con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, según el art. 1.168 del Cód. esp. (v. CONDENA EN COSTAS.) En la consignación, otro de los modos de extinguirse las obligaciones, si se originan gastos, serán de cuenta del acreedor (art. 1.179).
[Inicio] >>

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales