Definición de CRÉDITO ORDINARIO


    El que consta normalmente en el presupuesto aprobado por el Poder legislativo en el régimen parlamentario, o por el ejecutivo en las dictaduras o gobiernos provisionales, (v. CRÉDITO EXTRAORDINARIO.) El carente de privilegio. (v. CRÉDITO HIPOTECARIO y PIGNORATICIO; PREFERENCIA y PRELACIÓN DE CRÉDITOS.)

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