- Los particulares de cada uno de los contrayentes en la fecha de celebrarse el matrimonio; y los recibidos por uno y otro cónyuge, o por ambos, con ocasión He la boda y por razón He la misma. Para la Ley Hipotecaria esp., además de las dotes, arras o donaciones del marido y parafernales, se entiende por bienes aportados al matrimonio, "aquellos que bajo cualquier concepto, con arreglo a fuero o costumbre» locales, traiga 1« mujer a la sociedad conyugal, siempre que se entreguen al marido por escritura pública y bajo fe de notario, para que los administre, bien sea con estimación que cause venta, o bien con la obligación de conservarlos o devolverlos a la disolución del matrimonio" (arts. 168 y 177). (v. BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL y PROPIOS DE CADA UNO DE LOS CÓNYUGES.)
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales