- El art. 360 del Cód. Pen. esp. castiga con multa el abuso malicioso que de su oficio hagan abogados o procuradores cuando perjudicaren a sus clientes o revelaren los secretos confiados por motivo profesional. La deslealtad con la clientela, el aconsejar o defender a la parte contraria, simultánea o sucesivamente, está penada asimismo, con inhabilitación y multa (art. 361).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual