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Fallos: 343:2091 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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al momento de ser dictadas (Fallos: 301:947 ; 306:1160 ; 318:342 , entre muchos otros).

En tales condiciones, corresponde dejar establecido que las cuestiones propuestas en el sub examine han quedado ceñidas al examen del "Régimen Transitorio de Fomento y Promoción de las Industrias Locales" puesto en vigencia mediante la ley provincial 10.508.

En efecto, según se desprende de los términos de la demanda —a cuya exposición de los hechos se debe atender de modo principal para determinar la competencia, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 49 y 59 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y la doctrina de Fallos: 306:1056 ; 308:1239 y 2230-, el interés de la actora vinculado al planteo de inconstitucionalidad efectuado en relación a las leyes provinciales 6006 (t.o. 2015) y 10.412, y de las demás normas concordantes impugnadas en un principio, se agotaba con una declaración en tal sentido, ya que -de acuerdo a sus propios dichos- "no se pretende en estas actuaciones neutralizar los efectos de una determinación fiscal, ni tampoco repetir sumas abonadas a la Provincia demandada" (fs. 53, apartado ID).

En consecuencia, si el agravio invocado como sustento de la pretensión se concretaba por la aplicación coactiva de un régimen impositivo lesivo a los derechos de la empresa -arg. apartado VII.1 del escrito inicial-, la vigencia de las normas que lo establecían constituye el presupuesto de la acción.

Por consiguiente, toda vez que el régimen cuestionado inicialmente fue reemplazado por otro, el planteo efectuado al respecto en la presentación de fs. 55/82 ha perdido virtualidad y solo subsiste en el caso la cuestión introducida a fs. 107/117.

5 Que en lo concerniente a este último planteo vinculado a la citada ley 10.508, cabe poner de resalto que el 16 de noviembre de 2017 el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron el denominado "Consenso Fiscal", aprobado por la ley nacional 27.429.

Dicho consenso contempla una serie de compromisos asumidos por las partes firmantes tendientes a armonizar las estructuras tri

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:2091 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-2091

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