Destaca, por un lado, que la alzada califica y adjetiva aspectos que debían ser utilizados para ambos conductores y la refer encia del fallo de que "Merlos" actuó dentro del principio de confianza, resulta inconcebible en tanto convalida una actitud casi suicida deun partícipe del tránsito; y por otro desconoce quelas faltas y violaciones no poseen un orden de prelación en importancia, todas son concretas violaciones del deber objetivo de cuidado y si ambos conductores incurren en maniobras o conductas reñidas con ello, ambos deben ser sancionados.
Señala que tanto la sentencia de primera instancia como la de la alzada, repiten conceptos, sin adentrarse en el meollo de la cuestión en el sentido de que el juez civil está habilitado para estimar si ha mediado culpa concurrente del damnificado y además se concluye en que no se produjo prueba idónea para acreditar la culpa concurrente, lo que no expresa una racional y objetiva evaluación de las constancias del proceso sino mas bien un sustento subjetivo sólo apoyado en la voluntad de los magistrados.
Pone de relieve que a los fines de determinar la mayor culpabilidad de uno u otro partícipe de un accidente de tránsito, debe recurrirse ala incidencia que tuvo en el resultado dañoso el comportamiento de cada uno de los protagonistas y nada impide que el juez civil la examine, en un caso donde el demandado ha sido absuelto desde una óptica ponderada en sede criminal y cuando las mismas constancias de tal sede dejan en manos del juez civil determinar su posible incidencia.
Manifiesta que no se puede soslayar que incurre en un incorrecto encuadramiento de plenario "Valdez c/ El Puente", ya que considera al actor como demandado y que sobre él reposaría la obligación de fracturar el nexo causal previsto en el art. 1113 del Código Civil, cuando habiendo sido el actor "Viñales" quien inició la demanda atribuyendo la responsabilidad al demandado "Merlos" y entonces conforme a dichofallo es a éste a quien debe exigirse la acreditación del eximente.
Agrega quela circunstancia de que el demandadoa su vez hubiera iniciado demanda con el mismo objeto, noes suficiente para enrostrar Únicamente a una de las partes la carga de acreditar la ruptura del nexo causal, la que puede ser total o parcial y en este último caso existiría una concausa del daño y debe dilucidar se en qué proporción la víctima contribuyó a su producción.
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3100
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