Art. 91 Calidad Procesal De Los Intervenientes. del CPCC Comentado Buenos Aires


    << Art Anterior || Art Siguiente >>
    Art. 91 .- -En el caso del inc. 1 del artí­culo anterior la actuación del interviniente será accesoria y subordinada a la de la parte a quien apoyare, no pudiendo alegar ni probar lo que estuviese prohibido a ésta.


    En el caso del inc. 2 del mismo artí­culo, el interviniente actuará como litisconsorte de la parte principal y tendrá sus mismas facultades procesales.


    Concordancias: CPN, art. 91; Cat., art. 91; Chaco, art. 91; Chubut, art. 91; Córd., art. 431; ERí­os, art. 88; Form., art. 91; Jujuy, art. 82; LPampa, art. 92; LRioja, arts. 18 y 148; Mis., art. 91; Neuq., art. 91; RNegro, art. 91; Salta, art. 91; SJuan, art. 97; SLuis, art. 91; SCruz, art. 91; SFe, art. 303; SdelEstero, art 91; TdelFuego, art. 102; Tuc, art. 89.



    § 1. Legitimación procesal del tercero adherente. - Es accesoria y subordinada a la de la parte a quien apoyare. En consecuencia, si el tercero pretende intervenir en forma autónoma en el incidente donde se alega la falsedad ideológica de una escritura en la cual no intervino, no se dan las circunstancias previstas por el art. 90, inc. 2, por lo que no se encuentra legitimado para demandar o ser demandado (CCivCom SIsidro, Sala I, 9/4/85, c. 39.667, inédito).

    § 2. Situación del litisconsorte. - Distinta es la situación del tercero que actúa en el proceso como litisconsorte de alguna de las partes, conforme lo prevé el inc. 2 del art. 90, puesto que se encuentra legitimado para deducir defensas, excepciones y medios de prueba.
    Ver articulos: [ Art. 88 ] [ Art. 89 ] [ Art. 90 ] 91 [ Art. 92 ] [ Art. 93 ] [ Art. 94 ]

    Fallos de la CSJN relacionados al artículo 91 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
    - Fallos: Tomo 333 - Página 924
    - Fallos: Tomo 333 - Página 926
    - Fallos: Tomo 334 - Página 755
    - Fallos: Tomo 337 - Página 825
    - Fallos: Tomo 337 - Página 835
    - Fallos: Tomo 338 - Página 1394
    - Fallos: Tomo 338 - Página 1403
    - Fallos: Tomo 338 - Página 1404
    - Fallos: Tomo 341 - Página 1155
    - Fallos: Tomo 342 - Página 959

    Codigo Procesal Civil Bs As Comentado >>
    Libro I
    - Disposiciones Generales
    >>
    TÍTULO II
    - Partes
    >>
    Capí­tulo VIII
    - Intervención De Terceros
    >


    << Art Anterior || Art Siguiente >>


    También puedes ver: Art.91 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:

[ Art. 88 ] [ Art. 89 ] [ Art. 90 ] 91 [ Art. 92 ] [ Art. 93 ] [ Art. 94 ]

    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...