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ARTICULO 526 .- Si las cláusulas accesorias de una obligación fueren cláusulas imposibles, con apariencias de condiciones suspensivas, o fueren condiciones prohibidas, su nulidad hace de ningún valor la obligación principal.
TITULO V
De las obligaciones condicionales
CAPITULO I
De las obligaciones condicionales en general
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¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 526 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO II
- DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES
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TITULO IV
- De las obligaciones principales y de las obligaciones accesorias
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SECCION PRIMERA - PARTE PRIMERA
- DE LAS OBLIGACIONES EN GENERALL
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También puedes ver: Art.526 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion