- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 3835 .- Cuando un testamento roto o cancelado se encuentra en la casa del testador, se presume que ha sido roto o cancelado por él, mientras no se pruebe lo contrario.
Nota:3835. TROPLONG, "Testament", núm. 2107, TOULLIER, t. 5, núm. 633. AUBRY y RAU, § 725, letra C.
Ver articulos: [ Art. 3832 ] [ Art. 3833 ] [ Art. 3834 ] 3835 [ Art. 3836 ] [ Art. 3837 ] [ Art. 3838 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3835 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
TITULO XIX
- De la revocación de los testamentos y legados
>>
SECCION PRIMERA
- DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.3835 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion