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ARTICULO 3774 .- Los legados hechos con cargas son regidos por la disposición sobre las donaciones entre vivos de la misma naturaleza.
Ver articulos: [ Art. 3771 ] [ Art. 3772 ] [ Art. 3773 ] 3774 [ Art. 3775 ] [ Art. 3776 ] [ Art. 3777 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3774 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
TITULO XVII
- De los legados
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SECCION PRIMERA
- DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
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También puedes ver: Art.3774 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion