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ARTICULO 321.-Modo de llevar la contabilidad La contabilidad debe ser llevada sobre una base uniforme de la que resulte un cuadro verídico de las actividades y de los actos que deben registrarse, de modo que se permita la individualización de las operaciones y las correspondientes cuentas acreedoras y deudoras. Los asientos deben respaldarse con la documentación respectiva, todo lo cual debe archivarse en forma metódica y que permita su localización y consulta.
1. introducción
Este artículo determina el modo en que debe llevarse la contabilidad, lo que en la ciencia se conoce como principios contables. Estos principios son:
a) uniformidad: el sistema contable debe ser uniforme, lo que quiere decir que deben mantenerse los mismos criterios contables para la preparación del balance y estado de resultados a fechas sucesivas; b) claridad: el principio de claridad en los hechos se cumple en la medida que se sigan los esquemas de los estados contables fijados por la ley y por las normas profesionales; c) veracidad: la veracidad impone fundamentalmente que exista concordancia entre la exposición de los hechos económicos descriptos en los estados contables y la existencia material de ellos. Si la información es falsa o mendaz, no se cumple con este principio; d) completividad y significatividad: la contabilidad debe ofrecer un cuadro completo de la actividad del sujeto, no una parcialidad. El principio de completividad significa, pues, la necesidad de que la contabilidad como sistema refleje, de un modo u otro, la totalidad del estado patrimonial del sujeto, de las operaciones realizadas y de su resultado. Según el principio de significatividad, cuando los montos involucrados resultan de insignificancia relativa, a los efectos de una apropiada interpretación, pueden ser incluidos en rubros de conceptos diversos; e) unidad: el sujeto no puede llevar simultáneamente varios juegos de registros o libros, pues ello alteraría el orden en que deben hacerse las anotaciones y facilitaría la comisión de fraudes; f) partida doble: la registración contable por partida doble reside en la definición sobre cómo se compone el patrimonio de todo ente. Por un lado, un ente posee en su poder bienes y derechos, los cuales configuran la estructura de inversión. Por otro lado, es necesario conocer quiénes aportaron los fondos para obtener dichos bienes o derechos, dando lugar a la estructura de financiación. Un ente tiene activos cuando, debido a un hecho ya ocurrido, controla los beneficios económicos que produce un bien (un objeto material inmaterial con valor de cambio o para uso del ente). En cambio, un ente tiene pasivo cuando debido a un hecho ya ocurrido está obligado a entregar activos o prestar servicios a otra persona (física o jurídica), o bien está obligado a la cancelación de la obligación. La diferencia entre el activo y el pasivo constituye el patrimonio neto. La partida doble permite generar un método de registración que, simultáneamente, contabiliza los recursos disponibles en el activo y la financiación de los mismos, ya sea con pasivo, con patrimonio neto o con otro activo. De este modo, las anotaciones referidas a los hechos económicos o financieros se realizan por medio de asientos contables, considerando débitos a todo aumento en la estructura de inversión o toda disminución en la estructura de financiación. Por lo contrario, se considera crédito a toda disminución de la estructura de inversión o todo aumento de la estructura de financiación.
Interpretacion COMENTADA al Art. 321 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 318 ] [ Art. 319 ] [ Art. 320 ] 321 [ Art. 322 ] [ Art. 323 ] [ Art. 324 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 321 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO IV
- Hechos y actos jurídicos
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CAPITULO 5
- Actos jurídicos
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SECCION 7ª
- Contabilidad y estados contables
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También puedes ver: Art.321 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion