ARTICULO 253 Deberes de la autoridad de aplicación del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 253.-Deberes de la autoridad de aplicación La autoridad administrativa debe prestar asesoramientoy colaboración gratuitos a los interesados a fin de concretar los trámites relacionados con la constitución, inscripción y cancelación de esta afectación.

    1. introducción

    Los arts. 253 y 254 traen aparejados una fuerte impronta social vinculada al paradigma que desata el CCyC en materia de protección de la vivienda. Tal como lo sostuvimos, el CCyC legisla la tutela de la vivienda al considerar que esta es un derecho humano cuya protección concierne a las personas individualmente consideradas, y no por su pertenencia a un grupo familiar delineado según las caracterí­sticas que imponga la ley de turno; como consecuencia lógica de tal paradigma, encuentran su razón de ser las normas en comentario.

    Interpretacion COMENTADA al Art. 253 (con jurisprudencia)

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    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 253 del Código Civil y Comercial Argentina?

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    LIBRO PRIMERO
    - PARTE GENERAL
    >>
    TITULO III
    - Bienes
    >>
    CAPITULO 3
    - Vivienda
    >


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    También puedes ver: Art.253 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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