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ARTICULO 980.-Perfeccionamiento La aceptación perfecciona el contrato:
a) entre presentes, cuando es manifestada; b) entre ausentes, si es recibida por el proponente durante el plazo de vigencia de la oferta.
Introduccion COMENTADA al Art. 980 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 980 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 977 ] [ Art. 978 ] [ Art. 979 ] 980 [ Art. 981 ] [ Art. 982 ] [ Art. 983 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 980 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO II
- Contratos en general
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CAPITULO 3
- Formación del consentimiento
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SECCION 1ª
- Consentimiento, oferta y aceptación
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También puedes ver: Art.980 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales