- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 272.-Dolo esencial El dolo es esencial y causa la nulidad del acto si es grave, es determinante de la voluntad, causa un daño importante y no ha habido dolo por ambas partes.
Introduccion COMENTADA al Art. 272 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 272 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 269 ] [ Art. 270 ] [ Art. 271 ] 272 [ Art. 273 ] [ Art. 274 ] [ Art. 275 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 272 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
>>
TITULO IV
- Hechos y actos jurídicos
>>
CAPITULO 3
- Dolo como vicio de la voluntad
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.272 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion