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ARTICULO 2061.- Conformidad expresa del titular. Para la supresión o limitación de derechos acordados a las unidades que excedan de meras cuestiones de funcionamiento cotidiano, la mayoría debe integrarse con la conformidad expresa de sus titulares.
Introduccion COMENTADA al Art. 2061 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 2061 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 2058 ] [ Art. 2059 ] [ Art. 2060 ] 2061 [ Art. 2062 ] [ Art. 2063 ] [ Art. 2064 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2061 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO V
- Propiedad horizontal
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CAPITULO 5
- Asambleas
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También puedes ver: Art.2061 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion