ARTICULO 2041 Cosas y partes necesariamente comunes del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


    << Art Anterior || Art Siguiente >>
    ARTICULO 2041.- Cosas y partes necesariamente comunes. Son cosas y partes necesariamente comunes:

    a. el terreno; b. los pasillos, ví­as o elementos que comunican unidades entre sí­ y a éstas con el exterior; C. los techos, azoteas, terrazas y patios solares; d. los cimientos, columnas, vigas portantes, muros maestros y demás estructuras, incluso las de balcones, indispensables para mantener la seguridad; e. los locales e instalaciones de los servicios centrales; f. las cañerí­as que conducen fluidos o energí­a en toda su extensión, y los cableados, hasta su ingreso en la unidad funcional; g. la vivienda para alojamiento del encargado; h. los ascensores, montacargas y escaleras mecánicas; i. los muros exteriores y los divisorios de unidades entre sí­ y con cosas y partes comunes; j. las instalaciones necesarias para el acceso y circulación de personas con discapacidad, fijas o móviles, externas a la unidad funcional, y las ví­as de evacuación alternativas para casos de siniestros; k. todos los artefactos o instalaciones existentes para servicios de beneficio común; l. los locales destinados a sanitarios o vestuario del personal que trabaja para el consorcio. Esta enumeración tiene carácter enunciativo.

    Introduccion COMENTADA al Art. 2041 (con doctrina)


    Interpretacion COMENTADA al Art. 2041 (con jurisprudencia)

    Ver articulos: [ Art. 2038 ] [ Art. 2039 ] [ Art. 2040 ] 2041 [ Art. 2042 ] [ Art. 2043 ] [ Art. 2044 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2041 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO CUARTO
    - DERECHOS REALES
    >>
    TITULO V
    - Propiedad horizontal
    >>
    CAPITULO 1
    - Disposiciones generales
    >


    << Art Anterior || Art Siguiente >>


    También puedes ver: Art.2041 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:

[ Art. 2038 ] [ Art. 2039 ] [ Art. 2040 ] 2041 [ Art. 2042 ] [ Art. 2043 ] [ Art. 2044 ]

    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...