ARTICULO 1105 Contratos celebrados a distancia del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 1105.-Contratos celebrados a distancia Contratos celebrados a distancia son aquellos concluidos entre un proveedor y un consumidor con el uso exclusivo de medios de comunicación a distancia, entendiéndose por tales los que pueden ser utilizados sin la presencia fí­sica simultánea de las partes contratantes. En especial, se consideran los medios postales, electrónicos, telecomunicaciones, así­ como servicios de radio, televisión o prensa.

    Introduccion COMENTADA al Art. 1105 (con doctrina)


    Interpretacion COMENTADA al Art. 1105 (con jurisprudencia)

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    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO TERCERO
    - DERECHOS PERSONALES
    >>
    TITULO III
    - Contratos de consumo
    >>
    CAPITULO 3
    - Modalidades especiales
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    También puedes ver: Art.1105 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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