Definición de ZONA FLUVIAL


    La franja de 3 metros de ancho que en los rfos, aun de dominio privado, se encuentra sujeta a la servidumbre legal de vigilancia del litoral y de seguridad de la navegación y flotación, y destinada también a la pesca y posibilidad de salvamento, (v. CAMINO DE SIRGA; SERVIDUMBRE DE SALVAMENTO y DE VICILANCIA DEL LITORAL.)

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