- Títulos de créditos emitidos por el Estado, las provincias o los municipios, con su simple garantía o con alguna de carácter real, que otorgan al legítimo tenedor (suscriptor o adquirente ulterior) el derecho de obtener, al vencimiento, el reintegro de la suma entregada u otras prestaciones superiores (como la diferencia entre el valor de emisión y el nominal), y además la percepción de los intereses establecidos mientras no se amorticen los valores.
Los bancos o bancas y las bolsas de comercio suelen ser los establecimientos de que las entidades oficiales se sirven para la emisión y negociación de los valores públicos.
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