- El que conoce en la jurisdicción penal (v.e.v.), ya sea la ordinaria o la especial castrense. Se opone especialmente a tribunal civil (v.e.v.). En el Derecho francés, el tribunal mixto con atribuciones penales en colonias diminutas; como en los establecimientos de la India y San redro y Miquelón. Lo forman un juez, como presidente, y dos o cuatro asesores.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda