- Quien recibe o adquiere la totalidad de los derechos y obligaciones de otro? o una parte proporcional de los mismos. Por excelencia, »quien hereda todos los bienes de un difunto, o parte alícuota de los mismos; es decir, el heredero (v.e.v.).
Para el legislador arg., sucesor universal "es aquel a quien pasa todo o una parte alícuota del patrimonio de una persona" (art. 3.263), con cauta noción que abarca al sucesor mortis causa y al ínter vivos, aunque la sucesión universal (v.e.v.) de esta última clase no se admita en el moderno Derecho.
"Los sucesores universales son al mismo tiempo sucesores particulares relativamente a los objetos, particulares que dependen de la universalidad en la cual ellos suceden" (art. 3.264). (v. SUCESOR SINGULAR.)
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