Definición de SEGURO DE NUPCIALIDAD


    Contrato por el cual una mujer, mediante el pago que en su nombre se hace, ya que generalmente se concierta al nacer ella o siendo niña aún, adquiere el derecho a percibir cierta cantidad, en concepto de dote, en caso de casarse, y por la primera vez que lo haga según la forma legalmente reconocida.


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