- Mientras en el procedimiento civil la confesión es irrevocable, salvo probar que se ha incurrido en error de hecho; como garantía penal, al acusado se le permite, durante el proceso, retractarse de la confesión hecha, del reconocimiento de la culpabilidad. En el moderno enjuiciamiento, ni la confesión por sí sola es prueba plena, ni la retractación resta eficacia a lo declarado si otras pruebas lo ratifican.
Indudablemente, la retractación ha de valorarse según las circunstancias, y pierde su eficacia conforme se retrasa. El apoyo de los hechos puede ser decisivo; así, el procesado que, al comparecer ante el juez, o en el juicio oral, se retracta y muestra lesiones corporales, puede ser creído en cuanto a la obtención de lo confesado por causa de brutal tratamiento en alguna fase previa del sumario.
Acerca de esta cuestión, Gorphe dice que se requiere razón de peso para creer a quien se desdice de una, confesión, si ésta fué hecha en condiciones normales y de naturaleza como para inspirar confianza. Desde luego, hay obligación de elegir entre esas dos declaraciones contrarias, y ha de hacerse comparando los factores respectivos de credibilidad e incredibilidad. Aí escoger entre las declaraciones, como al efectuarlo entre sucesivos deposiciones (pues lo relativo a la retractación de la confesión es amplia- ble a la del testimonio), no existe traba alguna por el valor legal del modo en que se haya recibido la prueba, que, en principio, concede más fe a la audiencia en juicio que a las actas del sumario, y más a éstas si son de un juez y no de los gendarmes. Suele suceder que las primeras declaraciones son las más francas, antes de que el procesado, repuesto, haya construido un sistema reflexionado de defensa. A este respecto puede asegurarse que la retractación que sigue al primer contacto de un acusado con su abogado ha de mirarse como muy sospechosa de falsedad.
Wigmore estima que una confesion voluntaria, hecha por persona normal y poco después de su detención, debe verosímilmente ser verdadera; por tanto, la ulterior retractación ha de inspirar justa desconfianza. (v. AUTOACUSACIÓN.)
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