Definición de REMISIÓN LEGAL


    Referencia que letrados y juzgadores hacen a uno o más artículos de un código o ley, para apoyo de sus alegatos o decisiones, sin reproducirlos textualmente. Indicación que en un texto normativo se hace, para entregar la regulación de una materia o el complemento de la misma al cuerpo especial existente o que se ha de dictar. Esto último es frecuente en las Constituciones, que, luego de establecer un principio, confían su desenvolvimiento y cauce a una ley complementaria. Lo segundo se presenta ocasionalmente en cuerpos legales. Así, el Cód. Civ. esp. se remite a numerosos textos legales; en cuanto al Registro del estado civil, a la Ley del 17 de junio de 1870 (art. 332); en cuanto a la propiedad, a las leyes de minas y aguas (art. 350); a la de propiedad intelectual (art. 429); a la hipotecaria (art. 608); a las leyes de caza y pesca (art. 611); a la legislación notarial (art. 1.217) ; a la ley de expropiación forzosa (art. 1.456); además de remisiones diversas a la Ley de Enj. Civ., al Cód. Pen. y al de Com., e incluso a ordenanzas y reglamentos y a las costumbres del lugar (arts. 350, 571, 589 y otros). Una tercera forma de remisión legal es la que hace un texto de parte de su mismo articulado. Para eludir repeticiones, se declara aplicable a otra institución o caso un precepto cuyo número se cita. Tal sucede, entre tantísimas remisiones, con el carácter complementario que la regulación del usufructo posee en cuanto a los derechos de uso o habitación.


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