Definición de INTERÉS DE PLAZA


    El habitual entre los comerciantes de un lugar y en una época determinada. "Siempre que en la ley o en la convención se habla de intereses de plaza o intereses corrientes, se entiende ^s que cobra el Banco de la Nación" (art. 565 del Cód. de Com. arg.). El texto primitivo decía "Banco Nacional", que ahora lo es la entidad mencionada.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...