- Constituye la regla que las cosas o bienes se encuentren en el comercio de los hombres; o sea, que pueden disponer de ellas según su voluntad y de acuerdo con las leyes. Lo confirma de manera explícita el art. 2.336 .del Cód. Civ; arg.: "Están en el comercio todas las cosas cuya enajenación no fuere expresamente prohibida o dependiente de una autorización pública". "Todas las cosas que estén en el comercio de los hombres son susceptibles de prescripción" (art. 1.936 del Cód. Civ. esp.). (v. COSA FUERA DEL COMERCIO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual