Definición de CLAUSULA "CUM MORIAR"


    En virtud de la misma, admitida en el Derecho romano, el deudor se obligaba a pagar el día de su muerte; e9 decir, que encomendaba la obligación a los herederos, o que gravaba con ella su sucesión.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...