- Únicamente están dispensadas de la obligación de declarar en las causas criminales las personas expresamente comprendidas en las excepciones señaladas en la ley.
Están dispensados de la obligación de declarar: 1? loa parientes en línea recta del procesado, su cónyuge y los hermanos; los cuales serán advertidos por el juez del derecho que les asiste de no decía rar contra su pariente, aun cuando puedan hacer las manifestaciones que quieran, incluso acusatorias; 2o el abogado del procesado, en cuanto a lo sabido por razones profesionales; 3o los sacerdotes, acerca de los hechos a ellos revelados por razón de su ministerio; 4 los funcionarios públicos, tanto civiles como militares, obligados a guardar silencio por razón de su cargo; 59 los incapacitados física o moralmente; 69 cualquiera persona, cuando la pregunta pueda perjudicarla de modo material o moral, o perjudicar a sus ascendientes, descendientes, hermanos o cónyuge, aunque esto no rija en los delitos contra la seguridad del Estado, la tranquilidad pública o contra el jefe del Estado (arts. 416 y ss. de la Ley de Enj. Crim. esp.).
El monarca, su consorte, el heredero del trono y el regente estaban exceptuados de declarar (art. 410), por su jerarquía; excepción reducida, al desaparecer la institución monárquica, al jefe del Estado, ya que su consorte, donde no existe dinastía, carece de representación oficial auténtica.
Abstención tan íólo en cuanto a concurrir al llamamiento judicial, pero no de declarar, comprende a ciertas -personas que desempeñan altos puestos; como los ministros, los presidentes de las Cámaras y de los altos tribunales o Consejos, los funcionarios judiciales de categoría judicial superior al instructor, los gobernadores, los embajadores y demás representantes diplomáticos, los capitanes generales y los almirantes, los arzobispos y obispos, todos los cuales declaran en su domicilio o en el lugar de sus funciones (arts. 412 y ss.).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
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