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Fallos: 95:86 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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Lo FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Smmario.—No procede el recurso de revisión fundado en haberse omitido el pronunciamiento sobre uno de los eapítulos de la demanda, si sobre ésta se aceptó la excepción de defecto legal opuesta por el demandado, y el juicio ha seguido sobre el otro capítulo, resuelto por la sentencia.

Caso.—Lo explican las siguientes piezas:

RECURSO
Erma Suprema Corte:

Juan Bialet Masssó, sin retirar el poder que tengo conferido en el juicio que sigo con la provincia de Córdoba, por cobro de trabajos hechos y no pagados, en el dique San Roque, é indemnización de daños y perjuicios, ante V., E. como mejor proceda, digo: que la demanda contiene dos puntos bien determinados: el cobro de mamposterías y revoques hechos y mo pagados y los daños y perjuicios enusados por la prisión que sufrí.

Y. E. ha fallado el último punto; pero no el primero, por lo que de acuerdo con lo establecido en el inciso 27 del art. 211 de la ley de procedimientos, venzo ú interponer el recurso de revisión ú fin de que V. E, sesirva salvarla omisión, pues así es de justicia.

Juan Bialet Massi,
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, Junio 5 de 1902, Autos y Vistos: Habiéndose resuelto por la sentencia de f.

52, que la excepción de defecto legal en el modo de proponer la demanda opuesta por el demandado, es procedente respecto ú las cantidades que el actor cobraba en su demanda,

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Año: 1902, CSJN Fallos: 95:86 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-95/pagina-86

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