Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 93:448 de la CSJN Argentina - Año: 1901

Anterior ... | Siguiente ...

118 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE debe continar en el conocimiento de ha cansa el señor juez federal de la capital, Sabinino Kier,
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, diciembre 21 de 1911 Vistos y considerando : Que don Manel José Castilla, obran de en representación del fisco nacional, ha demandado á doña Juana de Pipa deduciendo contra ella la aeción real de reivindicación que ha motivado estar entisa, según consta del escrito de demanda de foja ematro, Que en los pleitos en que la nación es parte procede la jurisdieción federal con sujeción á lo dispuesto en el artíento cien de la Constitución nacional, y segundo, inciso seis, de la Jey de urisdieción y comperencia, Que la universalidad del juicio de testamentaria y La juris dicción que sobre ese_ juicio corresponde al juez de la sucesión no comprende las aeciones reales que se deduzcan contra la misma (artienlo tres mil doscientos ochenta y enatro, inciso enatro, del Colizo Civil, y inrispradencia constante en st mérito), Que, por tanto, y annque la acción real intentada en este litigio no se hubiere dirigido contra la persona de doña Juana de Pipo, como se dirige en efecto, sino contra una sucesión emalquiera, el caso no eserír en la excepción contenida en el inciso primero, articulo doce, de La ley de jurisdieción y com peteneia.

Por estos fundamentos y concordantes de la vista del proeurador general, se revoca el auto apelado de foja ciento treinta

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

46

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1901, CSJN Fallos: 93:448 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-93/pagina-448

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 93 en el número: 448 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos