7 y ho - FALLOS DE LA SUPREMA CORTE y 6" Con relación á Antonio Lamaita, que se le imputan tres hechos :
a) Haber pretendido cirentar an billete falso de 20 pesos en la casa de negocio y de tolerancia de Amelia Rodrignez, enel pueblo del Saladillo, el 21 de octabre del año pasado, hechos que atestiguan Amelia Rodriguez, Antonia Valveroti, Elena Vidal y Antonio Cuello y hb) Haberle entregado á Antonio Cotignola entre un dinero que le prestó el 22 del mismo mes, un billete de 20 pesos falso que le ME rechazado por ese motivos e) Haber pretendido exmbiar 4 Antonio Bianeo nn billete falso de 20 pesos que le Mé rechazado por esa esa, Sobre estos últimos hechos sólo declaran los denunciantes, 7 Que 1 se ha presentado ni se le har encontrado 4 Lamai ta ninguno de los billetes falsos que se dieen pretendió cirentar, Falta en este caso el enerpo del delito, y además de las propics declaraciones de los acusadores, la infracción no Hegó a consi marse, quedando en la tentativa, S7 Que los hechos que motivan este proceso, habiéndose produeido en oetabre de 1900, no alcanzan á eser bajo el imperio de la ley número 3972, que Mé promuleada el 17 de noviembre del mismo año, debiéndose, por lo tanto, regir por las disposii ciones de la ley penal de 14 de septiembre de 1565, 9 Que por las constancias de autos ni hay elementos de E prueba bantantes para aplicar á Lamaita el artienlo 62 de la É ley citada, y si se aplica el artiento 6:5 de La misma, la pera que merecería se encontraría agotada con el tiempo de prisión sa frida, É 107 Que en relación a Mateo Manzolillo sí hay elementos bas> tantes de prreba para aplicarle el articulo 62, antes meneiou nado, a Por tanto, fallo : deela rando compurgada la pena que pndiera A corresponder a Antono Lamaita con el tiempo de prisión sutriE E
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Año: 1901, CSJN Fallos: 93:388
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