como solicito, se sirva confirmar la sentencia recurrida de foja 103.
Sabiniano Kier.
Fallo de la Suprema Corie Buenos Aires, Noviembre 15 de 1900.
Vistos y considerando : Que las constancias de autos demuestran acabadamente que los procesados Jorge Tuninetti y Pedro Molineris son reos del delito de circulacion de ocho billetes falsos de cien pesos nominales cada uno, y del de tentativa de treinta y dos billetes igualmente falsos y del mismo valor, Que han hecho esa cirenlacion en distintas localidades de la provincia de Buenos Aires, que venían recorriendo despues de haber partido juntos de la estacion Constitucion, sita enla Capital Federal, desde donde marcharon unidos úá los fines de la expresada circulacion, separándose durante la jira momentáneamente con el designio de operarla en condiciones de mayor facilidad y éxito.
Que no se descubre en el proceso circunstancia alguna que sirva á atenuar el delito, que por sus proporciones y manera como se ha ejecutado, merecía ser corregido con la estricta aplicacion de la ley penal de la materio, no explicándose, en consecuencia, que la acusacion fiscal en pririera instancia haya entendido cumplir con la misioná su carge, pidiendo el mínimum de la pena delartículo sesenta y dos de dicha ley, cuandola falta absoluta de circunstancias atenuantes no autorizaba tal pedido con arreglo á derecho, Que aunque el inferior, con conocimiento ya de la causa y ejercitando su jurisdiccion sobreella, ha podido corregir la peticion fiscal colocando y juzgando el caso de conformidad con la ley, sobre la base de los hechos articulados en su oportunidad,
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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:423
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