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Fallos: 88:422 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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É 422 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
pena de 4 años de trabajos forzados, multa de 500 pesos fuertes, reparacion del daño causado y las costas ; debiendo descontarse el tiempo de prision preventiva sufrida con arreglo á los artículos 49 del Código Penal y 92de la ley penal nacional de 14 de Setiembre de 1863.

Notifíquese original, regístrese, y, una vez consentida ó ejecntoriada la presente, póngase los condenados á disposicion del señor ministro de gobierno, á sus efectos, con los recaudos necesarios, Isaac Godoy
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Ociubre 30 de 1900.

Suprema Corte:

Los procesados Jorge Tuninetti y Pedro Molineris están confesos del delito de circulacion de billetes fuisos del Banco de la Nacion Argentina y tambien convictos ante las abundantes constancias del proceso, La pena aplicable a los encausados en el caso sub-judice, no habiendo circunstancia atenuante ni agravante de culpabilidad, segun lo reconoce la sentencia recurrida de foja 103, debería ser el término medio de la que establece el artículo 62 de la ley penal sobre crímenes contra la Nacion, de 14 de Setiembre de 1803, y no la aplicada en su mínimum por la sentencia apelada.

Pero consentida ésta por el señor agente liscal y manifestando el defensor de lus recurrentes, á foja 113, que se abstienen de expresar agravios, no sería procedente la adhesion al recurso para el aumento de la pena impuesta, con sujecion á lo dispuesto en la cláusula segunda del artículo 693 del Código de Procedimientos en lo criminal y sólo es dable solicitar de V. E.

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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:422 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-88/pagina-422

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