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Fallos: 87:422 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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p 422 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E | ACTA En 28 de Abril del corriente año y siendo las 3 p. m. comparecieron á juicio verbal ordenado á foja 10, por una parte el señor Procurador fiscal y por la otra don Alejandro C, Ramos, en re presetacion de Francisco P. Saccone, Leídos los antecedentes y concedida la palabra al señor Procurador fiscal, expuso : Que no estando justificados los extremos legales para conceder la excepcion del servicio militar ú Francisco P. Saccone, de acuerdo con el artículo 28 de la ley 3318, por cuanto no consta ni está probado en autos que el padre de aquél sea septuagenario y que sea sostenido por el mismo, pues aparece todo lo contrario del informe de foja 12: solicitaba del Juzgado que se sirviera no hacer lugar al recurso de foja 1 y confirmar en cambio la resolucion de la Junta de reclamos de Quilmes, con costas. Concedida la palabra al señor Ramos, expuso : Que como parte de prueba presenta el testimonio del juez de paz de Quilmes, corriente á foja 8, el certificado médico que «compaña y las declaraciones prestadas ante el juez de paz referido, que tambien adjunta, constando éstas de cuatro fojas. En consecuencia, corresponde que estando plenamente comprobado por los documentos que acompaña y demás constancias del expediente, que don Francisco P. Saccone está imposibilitado para el trabajo, y que su hijo Francisco es el que atiende á su subsistencia, se le acuerde la excepcion pedida, invocando la resolucion de la Junta militar de Quilmes. Con lo cual terminó el acto ordenando S. S. se agregaran los documentos acompañados y se hiciera saber ú las partes que queda el proceso en secretaría á los efectos del artículo 579 del Código de Procedimientos en lo criminal, y señalando la audiencia del día 8 de Mayo entrante,

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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:422 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-87/pagina-422

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