caso la procedencia de la justicia federal está fundada en el artículo ciento uno de la constitucion y artículo primero, inciso primero, de la ley de jurisdiccion y competencia.
Que está fuera de cuestion que Somaini ha hecho suministros destinados ú la guardia nacional de Necochea, porque asf se reconoce en la contestacion á la demanda, y asf consta del expediente administrativo corriente de foja treinta y seis á sesenta y tres. CA Que está tambien reconocido que el comandante militar de Necochea fué autorizado por el gobierno de la Provincia de Buenos Aires para contratar los gastos de racionamiento para | la tropa, porque el demandado lo dice en la contestacion úla demanda, foja diecisiete vuelta, y porque el gobierno de la provincia ha hecho explícita 6 implícitamente tal reconocimiento en los varios expedientes administrativos traidos á la causa por vía de prueba.
Que, aunque la provincia se defiende en este juicio diciendo que su gobierno obró en calidad de mandatario del gobierno de la nacion, por tratarse de servicios y gastos de carácter nacional, la contestacion á la demanda no desconoce que el comandante militar de Necochea contrató la provision á nombre del primero de esos gobiernos; manifiesta, al contrario, que los comandantes militares recibieron, del gobierno nacional la autorizacion para contratar, y consta de los expedientes administrativos mencionados que, en virtud de tal autorizacion, los contratos celebrados por el comandante militar de Necochea se estipularon de | su parte obrando como funcionario provincial y por cuenta de la provincia.
Que con arreglo al artículo mil novecientos veintinueve del Código Civil, cuando el mandatario contrata en su propio nom- i bre no obliga al mandante respecto de tercero, siendo asf indudable que aunque el gobierno de la provincia hubiera estado investido de la representacion del de la nacion, con facultad para
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Año: 1900, CSJN Fallos: 86:319
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