la demanda, la accion en litigio y las cosas á que ella se refiere son las mismas en su conjunto, Que la municipalidad y los herederos de Obligado están conformes con la citada acumulacion.
Que aunque la municipalidad ha excluido de su conformidad uno de los varios asuntos promovidos, por entender que la cosa úá que ese asunto se reliere no está comprendida en el título presentado por el demandante, el motivo alegado para la exclusion puede entrar en los elementos de defensa de que la parte haga uso en el juicio, iebiendo ser la resolucion respectiva materia de la sentencia final, ya que el demandante pretende que su título comprende toda la tierra demandada.
Por esto, atento lo solicitado, acumúlense los autos referidos.
Notifíquese original y repónganse los sellos, BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TO-
RRENT, — H. MARTINEZ.
CAUSA Lv Criminal contra Armando Nuiz, por lesiones; sobre constitucion de apoderado y recurso contra resoluciones de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de la Capital.
Sumario, — Las resoluciones de los Tribunales ordinarios aplicando sus leyes de procedimiento no son susceptibles de recurso ú la Suprema Corte,
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:78
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