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Fallos: 82:99 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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sin más trámite, sin perjuicio de las acciones de los recurrentes en la forma y contra quien haya lugar.

Por ello pido á V. E. se sirva confirmar el auto recurrido de foja 20, en cuanto declara improcedente el recurso instaurado contra el mandato «e pago de derechos de aduana, dispuesto en la cédula de foja 1. . .

Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 7 de 1899.

Vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general, se confirma, con costas, el auto apelado ! de foja veinte. Notifíquese original y repuestos los sellos, devuélvanse,
JENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN

E. TORRENT.


CAUSA CDAL
Contra Alberto de Otto; sobre extradicion Sumario, — Cumplidos los requisitos de la ley, debe concederse la extradicion, bajo la condicion de lo dispuesto en el ar

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Año: 1899, CSJN Fallos: 82:99 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-82/pagina-99

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