DE JUSTICIA NACIONAL 223 !
CAUSA CONCVIEL
Don Adolfo Guevaracontra el presbitero don Cayetano Cincinatti sobre daños y perjuicios Sumario.— Cuando de los antecedentes de autos resulta que en la querella de la que fué absuelto el querellado, no ha habido intencion dolosa, ni culpa ó negligencia por parte del de- 1 nunciante ó querellante, no puede imputarse á éste delito 6 cuasi delito, y hacerlo responsable por daños y perjuicios.
Caso. — Resulta del y Fallo del Juez Fodoral Men'loza, Octubre 27 de 1897.
Vistos : Don Juan del C. Barrios, en representacion de don Adolfo Guevara, entabla demanda contra el presbítero Cayetano Cincinatti por indemnizacion d- daños y perjuicios. Expone que el 48 de Diciembre de 1895, se presentó el demandado ante el y juzgado de instruccion, querellándose por abuso y usurpacion de autoridad contra su representado, como subdelegado del departamento de San Cárlos, de esta provincia, presentando como base de su querella un expediente fraguado por el quere
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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:223
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-223
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