140 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE manifestacion de aplauso que por su nombramiento se hizo al hombre público tampoco induce este hecho la intimidad ú que se refiere la ley. Como esta segunda causal se encuentra comprendida entre las establecidas por ella, ábrese el incidente á prueba con todos cargos por el términ»> de dicz días con arreglo al artículo 33 de la precitada ley de procedimientos nacionales.
Repingase en el acto de la notiticacion.
e P. Nolasco Arias ».
Fué este auto el apelado por la parte de Bainotti, recurso á que no se hizo lugar con arreglo á lo dispuesto por el artículo 32 de la ley de procedimientos por lo que respecta ú la alegada causal de « cambio de domicilio » yen atencion á que la de « íntima amistad» había sido aceptada y dádusele la tramitacion que por derecho corresponde, Lo relacionado hasta aquí bastaría para dur por evacuado el informe ordenado, pero creo oportuno agregar que por nuto fecha 30 de Junio último fué tambien rechazada la recusacion que se fundaba en la causal de e íntima amistad, por cuanto la parte de Bainotti ninguna prueba produjo ni intentó producir para justificarla durante el término asignado para el efecto.
Dios guarde al señor Presidente, P. Nolasco Arias, Talle de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 1' de 1899, Vistos en el acuerdo y resultando del precedente informe que el juzgado no hizo Ingar á la recusacion fundada en el cambio
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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:140
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