4 Valle del Jues Federal 7 — La Pista, Abril 15 de 1898.
6 Y vistos: No siendo la excepcion opuesta por el ejecutado, e de las comprendidas en el artículo 278 de laley de procedimienÉ tos y de conformidad con lo expuesto en el escrito de foja 43, | no ha lugar ú ella, y, en su consecuencia, se sentencia esta causa de remate, debiendo llevarse la ejecucion adelante hasta hacerse efectivo el pago al acreedor ejecutante del capital, intereses b y costas con el producto del bien hipotecado.
M. S. de Aurrecoechea.
| Faile de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 18 de 1899.
Vistos ; No habiendo el recurrente opuesto alguna de lus excopciones señaladas en el artículo doscientos setenta de la-Jey de procedimientos, sinó quese ha limitado á dusconocer la existencia del crédito justificado por las escrituras de foja tres, cinco y seis, se confirma por ellu, con costas, la sentencia apelada foja cuarenta y siete vuelta. Repuestos los sellos, devuélvanse.
ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E, TORRENT,  
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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:346 
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