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Fallos: 77:319 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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DE JUSTICIA NACIONAL 319 E:
CAUSA LV
Don Florencio N. Lara; sobre recu so de habeas corpus :

Sumario. — Es improcedente el recurso de habeas corpus, :

que un vocal de la intendencia de guerra dednzca cuntra el | arresto impuesto, como pena disciplinaria, por órden del presidente de la República. E " Caso. — Resulta de las siguientes piezas :


VISTA DEL PROCURADOR FISCAL
Buenos Aires, Febrero de 1899.

Señor Juez: ¡ La primera parte del artículo 10 de la ley 3305, que creó ias intendencias de guerra y inarina, estableció que los intendentes, los vocales y demás funcionarios de esas reparticiones, estarían :

sujetos á la jurisdiccion militar en las condiciones establecidas por el Código Penal Militar.

Lasegunda parte del mismoartículo establece, de una manera expresa, la asimilacion á militares de los empleados y funcionarios civiles de esas intendencias. .

Es indiscutible para este ministerio, que la primera parte del mencionado artículo se refiere í tudos los que desempeñan fun- ;

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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:319 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-77/pagina-319

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